Bierzo

El Ayuntamiento de Folgoso de la Ribera pide flexibilizar la ley de uso de suelo rústico

En el escrito que adjuntamos a continuación, el ayuntamiento de Folgoso de la Ribera pide volver a la ley de antes de septiembre de 2014, en la cual cada caso se valoraba y generalmente de hecho se concedía el uso de suelo rústico porque la realidad es que la gente suele pedir construir en los alrededores de los cascos urbanos donde de hecho no suele haber problemas para ello.

Es algo de sentido común valorar cada caso y actuar en consecuencia. Con la ley actual es posible que se eviten algunos problemas pero también se cargan de un plumazo la posibilidad de que se instalen en algunos pueblos nuevas viviendas y por tanto supone un serio agravio para las zonas rurales que por otra parte se supone que tratan de favorecer.

Un ejemplo va en la foto adjunta: Entre la casa de la derecha y la que se ve al fondo, el suelo es rústico (y también el lado izquierdo), a pesar de estar suficientemente urbanizado. Con la ley actual nadie puede construir una vivienda en rústica a menos que vaya asociada a una explotación que además justifique vivir junto a ella. Así algunos ciudadanos y ciudadanas se encontrarán con la sorpresa de no poder hacer una casa entre otras que ya hay.

Este hecho es poco conocido aún por la mayoría de la gente pero ya está causando problemas.

En concreto es un serio contratiempo para municipios en que no tenemos plan urbanístico y además desarrollar uno cuesta mucho dinero y conlleva meses o incluso años de procedimientos.

(Tomás V. M.)

Ley-urbanismo-rustica

  1. TOMÁS VEGA MORALEJO ALCALDE PRESIDENTE DEL AYUNTAMIENTO DE FOLGOSO DE LA RIBERA (LEON)

MANIFIESTA: Que la Ley 5/199 de 8 de abril de Urbanismo de Castilla y León ha sido modificada por la Ley 7/2014 de 12 de septiembre de Medidas de Regeneración y Renovación Urbana y sobre Sostenibilidad, Coordinación y Simplificación en Materia de Urbanismo.

Que como consecuencia de dicha modificación se ha visto especialmente afectado el artículo 23 relativo a los derechos en suelo rústico, contemplando la imposibilidad de construir en suelo rústico construcciones destinadas a vivienda unifamiliar aislada, si estas no resultan necesarias para el funcionamiento de alguno de los usos citados en dicho artículo, esto es: destinados a usos agrícolas, ganaderas, forestales, cinegéticas y otras análogas vinculados a la utilización racional de los recursos naturales.

Que dicha regulación, ha supuesto un cambio fundamental respecto a la normativa anterior, que permitía la construcción de viviendas unifamiliares aisladas y que no formaran núcleo de población, lo que ha afectado de manera muy negativa a los pequeños municipios que carecen de planeamiento  urbanístico y a su población ya que ha supuesto de facto, la imposibilidad de la construcción de viviendas en dicho suelo.

Por lo anteriormente expuesto

PROPONE: La flexibilización de dicha medida, de manera que permita la construcción de viviendas unifamiliares aisladas, valorando en cada caso las circunstancias que justifiquen su autorización, respetando siempre la naturaleza rústica de los terrenos y dotando a la misma de los servicios que precise.

Folgoso de la Ribera a 4 de mayo de 2016.

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1 Comment

  • Tani Aznar Blanco
    Tani Aznar Blanco 9 mayo, 2016

    Es totalmente injusto. Yo compre una finca con el fin de edificar hace años. Hice proyecto vivienda y presente solicitud de licencia 3 meses despues de salir esta ley que desconocia. Si siquiera ha enviado el proyecto para valorar pues piden otro proyecto agrario y estan negando todas las licencias.

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